La tarde de este miércoles 6 de
septiembre del 2017 el Presidente de la República, Lenín Moreno, emitió el
Decreto Ejecutivo No. 135 que establece nuevas reglas para optimizar los
egresos del Estado. Entre los cambios incluye la unificación de la escala remunerativa
del personal de las empresas públicas con el del resto de trabajadores del
servicio público.
Asimismo, determina un recorte salarial para los empleados
del nivel jerárquico superior desde el grado dos en un 10% a partir del 1 de
septiembre del 2017.
En su primer artículo, sobre el ámbito de aplicación, el decreto establece que las disposiciones, en lo correspondiente al gasto público, son de aplicación para todas las instituciones descritas en el artículo 225 de la Constitución, incluidas las empresas públicas de las Función Ejecutiva, con excepción de las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.
Mientras, que en materia de gasto no permanente, las disposiciones del decreto son de aplicación obligatoria para todas las instituciones descritas en el artículo 225 de la Constitución, incluidas las empresas públicas de las Función Ejecutiva, con excepción de las Funciones Legislativas, Judiciales, Electoral y de Transparencia y Control Social, y las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.
En lo que refiere a gastos en personal, en el artículo 4, el documento indica que las remuneraciones mensuales unificadas que superen el grado 2 del nivel jerárquico superior se reajustarán en un 10% en menos a partir del 1 de septiembre de 2017. Fuente El Ciudadano
Mientras, que en materia de gasto no permanente, las disposiciones del decreto son de aplicación obligatoria para todas las instituciones descritas en el artículo 225 de la Constitución, incluidas las empresas públicas de las Función Ejecutiva, con excepción de las Funciones Legislativas, Judiciales, Electoral y de Transparencia y Control Social, y las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.
En lo que refiere a gastos en personal, en el artículo 4, el documento indica que las remuneraciones mensuales unificadas que superen el grado 2 del nivel jerárquico superior se reajustarán en un 10% en menos a partir del 1 de septiembre de 2017. Fuente El Ciudadano